Tapiales, 25 de Octubre de 2007.-
Sres.
Directores de
S / D
En efecto estos compañeros cobraban un adicional por trabajar con residuos cloacales (limpieza de inodoros y baños en general) y además en altura para realizar la limpieza de vidrios.
Sin embargo al modificarse estos adicionales se excluyó del cobro de los mismos. Por otra parte en el Estatuto en vigencia art. 72 claramente se enumeran las tareas consideradas riesgosas.
Por ello solicitamos que a la brevedad se subsane el error y se abone el adicional a los trabajadores de la limpieza, fijando un monto que pueda ser evaluado convenientemente.
Con lo solicitado saludamos a Uds. Atentamente.